Tijuana, 25 de julio de 2022. La presidenta de la Barra de Abogadas “María Sandoval Zarco” Harlene Arriaga y el presidente del Tribunal Superior de Justicia Alejandro Isaac Fragoso López coincidieron en que el Código Civil de Baja California tiene un rezago de aproximadamente diez años y existen en él disposiciones que ya no son aplicables asi como que omite otras que garantizan derechos pero no reglamenta la forma para acceder a ellos.
Fue en el marco del primer foro Justicia Digital y Familiar organizado por el Congreso de la Unión donde la presidenta de las abogadas sostuvo que, por ejemplo, el Código Civil de Baja California no plantea la figura del divorcio voluntario pese a que este ya es concedido por los jueces de lo familiar, las condiciones que se presentan tras la disolución del matrimonio no están previstas por la ley.
Explicó que una pareja que se separa de forma voluntaria no logra en ese mismo acto establecer la custodia de los hijos si es que se tienen o la designación de las pensiones alimentarias o la separación de los bienes, ya que la figura como tal no está contemplada “es un derecho de hecho pero no de derecho”, acotó.
Agregó que otra de las carencias en el Código Civil es la figura legal del concubinato pues solo se hace mención de este en dos artículos aunque parte de las parejas viven en union libre, por lo que es necesario que se leglamente esta forma de unión.
Por otra parte, Isaac Fragoso López, presidente del Tribunal Superior de Justicia de Baja California, afirmó que el rezago se debe a que durante al menos cinco años, las iniciativas de reforma se mantuvieron congeladas en el Legislativo y después al Congreso local se le impidió legislar en la materia.
Comentó que las iniciativas presentadas hace diez años donde se proponía una serie de reformas al Código Civil, no prosperaron; entre ellas estaba la creación de una notificación única en los juicios para evitar que con las formalidades de este procedimiento se aprovechen algunos abogados para alargar los juicios sobre todo en materia mercantil.
Aunado a esto, detalló que muchas de las disposiciones ya no son aplicables gracias a que desde que empezó a trabajarse en el Código Nacional de Procedimientos Civiles, los legisladores locales quedaron impedidos para realizar reformas.
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