Tijuana, 16 de diciembre de 2022.- En México se carece de parámetros específicos que señalen cuando sí y cuando no se puede brindar refugio a una persona en contexto de movilidad, por lo que Alma Migrante asesora jurídicamente a casos que carecen de esa certeza.
En entrevista Graciela Zamudio Campos, directora ejecutiva de Alma Migrante comentó que hasta ahora han sido tres los casos presentados ante la La Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR) para la solicitud de refugio, y todos han sido otorgados sin objeción alguna, sin embargo, su equipo está preparado para solicitar algún amparo en el momento en que este les sea negado.
“El procedimiento de refugio ante la COMAR es un trámite administrativo, entonces cualquier violación que se dé durante ese proceso o una vez concluido si resulta de forma negativa, se puede promover el juicio de amparo, por eso buscamos casos donde no se protege a personas que deben ser protegidas para ligarlos”, comentó.
La violencia sexual hacia la mujer y el hostigamiento por las maras en el Salvador, son ejemplos de los casos en que la COMAR no especifica si son razón válida para que consideren otorgar refugio a un solicitante ya que señaló que “casi casi depende del oficial que toque”.
Señaló que el principal argumento para negar el refugio en México, es el solicitarlo después de permanecer 30 días en el país, lo cual es una ley inconstitucional, aseguró Zamudio Campos.